
En Chile la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual, de 2 de octubre de 1970, y sus modificaciones posteriores regula el derecho de autor. El reglamento de ejecución de la Ley de Propiedad Intelectual está contenido en el Decreto Nº 1.122 del Ministerio de Educación, de 17 de mayo de 1971. Esta Ley tiene como fin proteger los derechos del creador y/o autor de una obra, en los ámbitos literario, artístico y científico (libros, ilustraciones, películas y programas informáticos), en cuanto a paternidad, aprovechamiento e integridad de la obra.
El derecho de autor comprende los derechos morales, que consisten en reconocer la autoría de la obra, manteniéndola inédita, estos derechos son inalienables e intransferibles, pero si se pueden traspasar al cónyuge sobreviviente y sucesores, por otro lado están los derechos patrimoniales, los cuales hablan de la utilización de la obra, adaptación reproducción, ejecución, publicación, transformación o traducción, estos derechos pueden ser cedidos a terceras partes con autorización del autor o titular de los derechos.
La ley resguarda los derechos de los autores chilenos y extranjeros domiciliados en Chile. Además dice que los autores extranjeros no domiciliados en el país gozan de la protección que les sea reconocida por las convenciones internacionales que Chile ha suscrito y ratificado.
En Chile, hoy en día la Ley de propiedad Intelectual es para toda la vida del autor y 70 años después de su fallecimiento, siendo una norma única en el mundo, puesto que además esta ley se extiende hasta el fallecimiento del último familiar sobreviviente del autor.
Está claro que hoy en día en Chile esta ley no se respeta, ya sea por falta de información o simplemente porque los sujetos se arriesgan a transgredirla conscientemente, esto se refleja en gran parte por ejemplo en el comercio ambulante chileno, en donde podemos encontrar múltiples productos “piratas” de marcas reconocidas nacionales e internacionales; entre estos productos podemos encontrar música, literatura, vestuario, calzado, entre otros. Es complicado dar una opinión con respecto a estas situaciones pues por un lado es injusto que personas llenen sus bolsillos de dinero a costa del trabajo y perseverancia de otros, pero por el otro lado de la moneda nos encontramos con la necesidad monetaria de estas personas por vender sus productos. Además nadie podría decir que nunca ha adquirido un producto “pirata”, puesto que reflejan economía para el bolsillo del consumidor, encontrando el producto hasta la mitad más barato que el original.

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